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Lo que pagas por heredar, según tu parentesco y la comunidad

El mismo dinero heredado puede salir casi gratis o costar decenas de miles de euros. Depende de dos cosas: qué eras del fallecido y dónde vivía él, no tú.

Revisado el 15 de septiembre de 2026 · Fuentes: BOE (Ley 29/1987) y Ministerio de Hacienda (Tributación autonómica, Medidas 2026)

La herencia

Se calcula por cada heredero, sobre lo que recibe él. La comunidad que manda es la de la residencia habitual del fallecido en los últimos cinco años, aunque tú vivas en otra y los bienes estén en una tercera.

Tu parte de los bienes, menos tu parte de las deudas y los gastos de entierro. Sin seguros de vida.

Los descendientes menores de 21 años tienen reducciones mayores.

Cómo sale

PasoCómoImporte

La misma herencia, en cada comunidad

Mismo parentesco, misma edad y mismo importe, con las reglas de cada comunidad de régimen común. Ordenado de menos a más.

ComunidadA pagarSobre lo heredado

Cómo se calcula el Impuesto de Sucesiones

Es un impuesto estatal cedido a las comunidades autónomas, y casi todas lo han rebajado a su manera. El esquema es el mismo en todas, pero los números de cada paso cambian muchísimo:

  1. Base imponible: lo que recibe cada heredero, a valor de mercado, menos su parte de las deudas del fallecido y de los gastos de entierro.
  2. Reducciones: la más importante es la de parentesco. Por ley estatal son unos 16.000 € para hijos y cónyuges, pero Andalucía y Galicia la suben a un millón, y Extremadura y Aragón a medio.
  3. Tarifa: una escala progresiva sobre lo que queda. La estatal va del 7,65 % al 34 %, y algunas comunidades tienen la suya.
  4. Coeficiente multiplicador: multiplica la cuota según el parentesco y el patrimonio que ya tenía el heredero. Para hijos y cónyuges suele ser 1; para hermanos y sobrinos, en torno a 1,6; para primos y extraños, 2 o más.
  5. Bonificación: un porcentaje que se descuenta de la cuota. Aquí es donde se juega casi todo: la mayoría de comunidades bonifica un 99 % a hijos y cónyuges.

Los grupos de parentesco

Dónde se paga: la residencia del fallecido

Se aplica la normativa de la comunidad donde el fallecido tuvo su residencia habitual durante más tiempo en los cinco años anteriores a la muerte. No importa dónde vivas tú ni dónde estén los pisos o las cuentas. Por eso la tabla de arriba es útil sobre todo para entender cuánto cambia, no para elegir.

Lo que esta calculadora no hace

No aplica la reducción por la vivienda habitual del fallecido (en general, un 95 % del valor con un límite por heredero), ni las de empresa familiar, discapacidad o seguros de vida, ni el recargo por patrimonio previo alto. Si alguna te toca, el resultado real será menor (o algo mayor, en el caso del patrimonio previo). Y en el País Vasco y Navarra el impuesto es foral: tienen sus propias normas, que no están aquí.

Plazo

Hay seis meses desde el fallecimiento para presentar la declaración, prorrogables otros seis si se piden dentro de los cinco primeros meses. Las bonificaciones de muchas comunidades exigen presentarla en plazo, así que conviene no dejarlo pasar.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto paga un hijo por heredar 300.000 euros?

En casi todas, muy poco. Con 45 años y sin reducciones especiales, nada en Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Cantabria, Castilla y León, Extremadura o Galicia, y entre 50 y 514 € en Canarias, la Comunitat Valenciana, Madrid, Murcia o La Rioja. Las excepciones son Castilla-La Mancha, unos 7.700 €, y Cataluña, unos 10.350 €.

¿Qué comunidad cobra más por heredar?

Depende del parentesco y del importe. Para hijos, hasta unos 300.000 € las más caras son Cataluña y Castilla-La Mancha; con herencias grandes se suman Aragón y, sobre todo, Asturias, donde una herencia de 800.000 € para un hijo supera los 140.000 €. Para hermanos y sobrinos la diferencia es aún mayor: Canarias bonifica un 99,9 %, Baleares un 60 %, Madrid y Cantabria un 50 %, y la mayoría nada.

¿Qué comunidad se aplica en una herencia?

La de la residencia habitual del fallecido durante más tiempo en los cinco años anteriores a su muerte. No cuenta la residencia de los herederos ni dónde estén los bienes.

¿Los hermanos pagan Impuesto de Sucesiones?

Sí, y bastante más que hijos o cónyuges: tienen una reducción pequeña, un coeficiente multiplicador de alrededor de 1,6 y, en la mayoría de comunidades, ninguna bonificación. Canarias (99,9 %), Baleares (60 %), Madrid y Cantabria (50 %) y la Comunitat Valenciana (25 % desde junio de 2026) son las excepciones.

¿Cuánto tiempo hay para pagar el Impuesto de Sucesiones?

Seis meses desde el fallecimiento, prorrogables otros seis si se solicita en los cinco primeros meses. Muchas bonificaciones autonómicas se pierden si se presenta fuera de plazo.

¿Se paga sucesiones por la casa del fallecido?

Sí, forma parte de la herencia. Pero la vivienda habitual del fallecido tiene una reducción del 95 % de su valor, con un límite por heredero, para cónyuge, descendientes y ascendientes (y algunos colaterales mayores de 65 que convivían con él), siempre que se mantenga unos años. Esta calculadora no la aplica.

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